El Procurador

El/La Procurador/a de los Tribunales.

El/La Procurador/a de los tribunales es el profesional del Derecho que de manera fundamental, y en exclusiva en cada litigio, representa a sus clientes ante los juzgados y tribunales. Dentro de su marco estatutario colabora eficazmente con el sistema público de justicia, sirviendo de conexión jurídico-formal entre tales tribunales y los ciudadanos incursos en causas judiciales. Dada su capacidad de certificación atribuida por la última reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, tiene la posibilidad de practicar técnicamente los trámites de los actos de comunicación procesal (requerimientos, notificaciones, emplazamientos, citaciones), o, en su caso realiza el control de los mismos realizados por los funcionarios de usticia. Por razón de esto último las Leyes de enjuiciamiento, civil y penal, establecen la obligatoriedad de la contratación de procuradores para poder comparecer en causas judiciales. El procurador examina y hace el seguimiento tanto de los escritos que presenta en el decanato del juzgado como de las notificaciones que posteriormente envía a los abogados. Cuando existen errores o deficiencias, los pone en conocimiento de los abogados o de la oficina judicial para ser subsanados, siempre dentro de plazo. De ahí que el procurador deba conocer todo el Derecho vigente. También realiza el traslado de escritos a la parte contraria en el pleito e informa a su cliente sobre el discurrir del proceso. Otra función importante radica en la ejecución de resoluciones judiciales (autos, sentencias y decretos).

Función ejecutiva

Los/Las procuradores/as, ejercen una función primordial en la llamada vía de apremio jurisdiccional, materializando el contenido de las resoluciones judiciales, a fin de que su representado sea satisfecho en sus pretensiones, y en modo especial ejecutan la traba y realización de patrimonios afectados al cumplimiento de las resoluciones judiciales.

Para alcanzar esta última finalidad jurisdiccional, el Procurador de los tribunales es el especialista que lleva a cabo las actuaciones jurídicas necesarias para ello, tales como liquidaciones tributarias (de impuestos de actos jurídicos documentados y tasas judiciales), inscripciones en registros públicos (de la propiedad, de bienes muebles, civiles, de patentes, etc.), depósitos y secuestros patrimoniales, lanzamientos, tomas de posesión y saneamiento de títulos, o publicación de edictos en boletines y prensa oficial, y la conexión de la obtención, y perfección, de todo ello, con los juzgados y tribunales en los cuales se sustancian los litigios correspondientes.

El/La Procurador/a de los Tribunales es Licenciado en Derecho que se ha inscrito en un Colegio de Procuradores, ejerce la representación procesal de las partes en litigio ante los Juzgados y Tribunales y se ocupa del cumplimiento forzoso de las resoluciones dictadas por dichas autoridades. Se encarga de representar a su cliente ante el Tribunal o Juzgado, recibiendo en su nombre cuantas notificaciones sean precisas para el desarrollo del proceso. De esta manera se agiliza el desarrollo del proceso judicial, evitando que el justiciable deba presentarse constantemente ante el Juzgado o Tribunal a ser notificado de las diferentes resoluciones que se dicten en el proceso judicial.

Al procurador/a le corresponde velar por la normalidad del proceso, evitando dilaciones y obstáculos que puedan alargar el procedimiento.

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